Escenario actual: confluencia de dos modelos contrapuestos
Intentaré a través de la exposición de los modelos que en la actualidad confluyen explicar la complejidad de la realidad en la que nos movemos, y cómo está complejidad dificulta la incorporación de los apoyos.
Debemos de entender que el modelo de sustitución o representación de la capacidad jurídica, cuyo máximo exponente es la figura de la tutela, se alimenta del modelo médico rehabilitador que tan sólo busca respuestas concretas al problema del individuo sin pretensión de recuperarlo como persona y ciudadano para su plena inclusión y participación social (como promulga la CPDP en su artículo 29) generando condiciones que lo mantienen aislado en su entorno, que al fin y al cabo, se traduce en la incoherencia de que los propios mecanismos de protección, no en todas pero sí en muchas ocasiones, terminan convirtiéndose en las barreras que impiden el ejercicio de su libertad.
En cambio, el modelo social concibe a la persona con discapacidad ya sea sensorial, física, intelectual o mental como un ciudadano cuyas dificultades principales vienen dadas por el entorno inaccesible de los que emanan la mayor parte de las causas de sus contrariedades. Por ello se debe actuar sobre el entorno para que las consecuencias de la privación se atenúen y permitan que la persona se pueda desarrollar con mayor autonomía potenciando sus capacidades individuales y denunciando y adecuando los entornos inhabilitantes.
Por consiguiente, el modelo social incide en la atención centrada en la persona como sujeto de derechos de forma integral. Por este motivo, la respuesta social ha de ser también integral buscando enfoques y estrategias que nos sitúen en la plenitud de los derechos de la persona en situación de discapacidad facilitando, de este modo, su autonomía, libertad y desarrollo personal.
El concepto de modificación de capacidades
De acuerdo con esto, se ha suscitado el cambio del concepto de incapacitación por el concepto de modificación de capacidades, para mitigar los efectos nocivos de la definición que comporta el concepto de incapacitación. Con el término “modificación de capacidades” se procura señalar una perspectiva positiva de la persona puesto que, en su proceso de recuperación, se enfatizan sus capacidades y no sus dificultades.
Y, por último, daré una pincelada sobre las propuestas de soportes que desde nuestro marco jurídico se oferta como respuesta al cumplimiento de la CDPC con relación al sistema de apoyos, hago referencia a las figuras jurídicas. Como he señalado antes, sólo las enumeraré, porque su descripción daría lugar a un nuevo artículo. Antes de nombrarlas, me gustaría apuntar que no son nada novedosas, que siempre han existido y que lo único que se pretende es ponerlas en valor y funcionamiento como alternativa más laxa a la figura de la tutela que supone una modificación total de la capacidad de la persona.
Estas figuras son: el poder preventivo, la autotutela, el Documento de voluntades anticipadas, la asistencia y la curatela. Mediante su uso se pretende alcanzar un sistema de apoyos más respetuoso y ajustado a las necesidades de las personas en situación de discapacidad, que evite conflictos de intereses dado su carácter asistencial y que sea periódicamente revisado en el tiempo.
Novedades de la CDPD y retos de futuro
En síntesis, la entrada en vigor de la CDPD comporta un cambio substantivo en la lucha por la defensa de los derechos de las personas en situación de discapacidad puesto que, por primera vez, se cuenta con una herramienta básica que legitima sus aspiraciones. Introduce un cambio de mentalidad que implica un gran avance en la mejora y el alcance de los mismos y un sistema de apoyos más respetuoso y ajustado a las necesidades y realidad de las personas en situación de discapacidad.
Todo ello exige a los agentes implicados en el sector un esfuerzo por ajustar nuestra praxis a las demandas actuales, en aras de favorecer el desarrollo de una sociedad más equilibrada y justa, despojada de toda mirada condescendiente y proteccionista.
El reto pasa por apoyar y acompañar a las personas con discapacidad y sus familias para provocar una revolución en el cambio de esa mirada, que ha de ser de tú a tú, de igual a igual. Debemos apostar por la reflexión conjunta y el afecto en el ejercicio de nuestras funciones que debe viabilizar mayor y mejor coordinación entre las personas implicadas y los profesionales del sector. Paralelamente, hemos de facilitar aprendizajes mutuos y un consenso de criterios y valores básicos que dé sentido a nuestro quehacer diario y al logro de la finalidad inicial. A la vez, debemos inspirar una visión más humana del concepto de discapacidad, posibilitar el debate y dar difusión al texto de la CDPD (sirva esta cápsula como medio a este fin) poniendo en ello toda nuestra voluntad y creatividad, para que por fin la balanza se incline hacia el lado de la decisión y no hacia el lado de la sustitución.